No, no debería
¿Cómo se modifica la Constitución?
El Artículo V de la Constitución prescribe cómo una enmienda puede convertirse en parte de la Constitución. Si bien hay dos formas, solo se ha usado una. Las 27 enmiendas han sido ratificadas después de que dos tercios de la Cámara y el Senado aprueban la propuesta y la envían a los estados para su votación. Luego, tres cuartos de los estados deben afirmar la enmienda propuesta.
El otro método para aprobar una enmienda requiere que dos tercios de las legislaturas de los Estados convoquen una Convención Constitucional . Esa Convención puede proponer tantas enmiendas como considere necesarias. Esas enmiendas deben ser aprobadas por tres cuartos de los estados.
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La redacción real del Artículo V es: “El Congreso, cuando dos tercios de ambas Cámaras lo consideren necesario, propondrá Enmiendas a esta Constitución, o, en la Aplicación de las Legislaturas de dos tercios de los diversos Estados, convocará una Convención para proponer enmiendas, que, en cualquier caso, serán válidas para todos los propósitos y propósitos, como parte de esta Constitución, cuando sean ratificadas por las legislaturas de las tres cuartas partes de los diversos Estados, o por convenios en las tres cuartas partes de los mismos, como el el Congreso puede proponer el otro modo de ratificación; Siempre que ninguna Enmienda que se pueda hacer antes del Año Mil ochocientos ocho de ninguna manera afectará las Cláusulas primera y cuarta en la Sección Novena del primer Artículo; y que ningún Estado, sin su consentimiento, será privado de su sufragio igual en el Senado “.