El Acuerdo de Simla se firmó después de la guerra de 1971 entre India y Pakistán que finalmente condujo a la formación de Bangladesh.
Resumen del acuerdo : Ambas partes se aseguran mutuamente la paz y el respeto por la integridad territorial de la otra y restablecen la normalidad en las relaciones.
El texto del acuerdo completo se explica por sí mismo.
El Gobierno de India y el Gobierno de Pakistán están resueltos a que los dos países pongan fin al conflicto y la confrontación que hasta ahora han empañado sus relaciones y trabajan para promover una relación amistosa y armoniosa y el establecimiento de una paz duradera en el subcontinente. que ambos países puedan dedicar en adelante sus recursos y energías a la apremiante tarea de promover el bienestar de sus pueblos.
Para lograr este objetivo, el Gobierno de India y el Gobierno de Pakistán han acordado lo siguiente:
(i) Que los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas regirán las relaciones entre los dos países.
(ii) Que los dos países están resueltos a resolver sus diferencias por medios pacíficos a través de negociaciones bilaterales o por cualquier otro medio pacífico acordado mutuamente entre ellos. A la espera de la solución final de cualquiera de los problemas entre los dos países, ninguna de las partes alterará unilateralmente la situación y ambas evitarán la organización, asistencia o estímulo de cualquier acto perjudicial para el mantenimiento de la paz y las relaciones armoniosas.
(iii) Que el requisito previo para la reconciliación, la buena vecindad y la paz duradera entre ellos es un compromiso por parte de ambos países para el respeto de la coexistencia pacífica de los demás integridad territorial y soberanía y no interferencia en los asuntos internos de los demás, sobre la base de la igualdad y el beneficio mutuo . Que los problemas básicos y las causas del conflicto que han afectado las relaciones entre los dos países durante los últimos 25 años se resolverán por medios pacíficos.
(v) Que siempre respetarán mutuamente la unidad nacional, la integridad territorial, la independencia política y la igualdad soberana.
(vi) Que de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, se abstendrán de la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cada uno.
Ambos gobiernos tomarán todas las medidas a su alcance para evitar la propaganda hostil dirigida unos contra otros. Ambos países fomentarán la difusión de la información que promueva el desarrollo de relaciones amistosas entre ellos.
Con el fin de restaurar y normalizar progresivamente las relaciones entre los dos países paso a paso, se acordó que:
(i) Se tomarán medidas para reanudar las comunicaciones, postales, telegráficas, marítimas, terrestres, incluidos los puestos fronterizos y los enlaces aéreos, incluidos los vuelos.
(ii) Se tomarán las medidas apropiadas para promover instalaciones de viaje para los nacionales del otro país.
(iii) Se reanudará en la medida de lo posible el comercio y la cooperación en los ámbitos económicos y de otro tipo acordados.
(iv) Se promoverá el intercambio en los campos de la ciencia y la cultura.
En este sentido, delegaciones de los dos países se reunirán de vez en cuando para resolver los detalles necesarios.
Para iniciar el proceso de establecimiento de una paz duradera, ambos gobiernos acuerdan que:
(i) Las fuerzas indias y pakistaníes serán retiradas a su lado de la frontera internacional .
(ii) En Jammu y Cachemira , la línea de control resultante del alto el fuego del 17 de diciembre de 1971, será respetada por ambas partes sin perjuicio de la posición reconocida de ambas partes. Ninguna de las partes buscará alterarlo unilateralmente, independientemente de las diferencias mutuas y las interpretaciones legales. Ambas partes se comprometen además a abstenerse de la amenaza o el uso de la fuerza en violación de esta línea.
(iii) Los retiros comenzarán a la entrada en vigencia de este acuerdo y se completarán dentro de un período de 30 días del mismo.
Este acuerdo estará sujeto a ratificación por ambos países de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales, y entrará en vigencia a partir de la fecha en que se intercambien los instrumentos de ratificación.
Ambos gobiernos acuerdan que sus respectivos jefes se reunirán nuevamente en un momento mutuamente conveniente en el futuro y que, mientras tanto, los representantes de las dos partes se reunirán para discutir más a fondo las modalidades y arreglos para el establecimiento de una paz duradera y la normalización de las relaciones, incluyendo las cuestiones de repatriación de prisioneros de guerra e internos civiles, un acuerdo final de Jammu y Cachemira y la reanudación de las relaciones diplomáticas.