En principio, si un presidente cometiera una violación del código penal, podría ser juzgado en un tribunal penal una vez que esté fuera del cargo. Sin embargo, eso pierde el punto por un par de razones. Primero, la destitución de un presidente no se trata solo de violaciones del código penal per se (aunque tales violaciones podrían estar entre los motivos de la destitución), sino también de que el presidente se vea comprometido en su independencia por violaciones de las cláusulas de emolumentos.
Además, dado que la Constitución dice explícitamente que el castigo por la condena en el juicio del Senado de juicio político no se extiende más allá de una destitución permanente del cargo, no hay razón para pensar que la carga de la prueba es la familiar “más allá de toda duda razonable”.
P: Si un fiscal especial encuentra evidencia de una gran cantidad de crímenes y delitos menores, pero el Congreso no actúa sobre estos hallazgos, ¿se puede juzgar al Presidente de los EE. UU. Al abandonar el cargo con base en estos hallazgos?
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