Su pregunta es si la Constitución debe modificarse con el tiempo. Mi respuesta corta es sí. Sin embargo, hay algunos aspectos relacionados que requieren consideración.
¿Quién debe decidir si ha llegado el momento de hacer una enmienda? Solo puedo prever una respuesta y son aquellos que han sido fundamentales para enmarcar y adoptar esta Constitución. Es el pueblo de la India quien ha enmarcado y adoptado una Constitución y son ellos quienes pueden hacer esto. En nuestro sistema, cualesquiera que sean los deméritos, es el Parlamento el que está facultado por la Constitución para traducir la voluntad de las personas mediante la creación de nuevas leyes, abrogando las redundantes y enmendar la Constitución, cuando sea necesario.
En el pasado, ha habido una lucha prolongada entre el Ejecutivo y el Poder Judicial, quienes, como protectores de los derechos de la ciudadanía, se han opuesto al esfuerzo del Parlamento para hacer enmiendas a la Constitución. Derecho a la propiedad, siendo uno de esos temas.
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En el caso histórico de Golaknath, el Poder Judicial, con una escasa mayoría establecida que la Legislatura no tiene derecho a cambiar la estructura básica de la Constitución. Sin embargo, si surge la necesidad de tal medida, sería conveniente establecer una Asamblea Constituyente para hacerlo. ¿Nuestra Constitución prevé tal eventualidad? Estas son las preguntas, que ahora son discutibles.
Hay una situación peculiar que se enfrenta actualmente. NJAC no es aceptable para el poder judicial. En el caso de los Tres Jueces, decidieron que les corresponde a ellos decidir si una persona en particular será elevada al Banco y el Ejecutivo debe seguir la línea y aprobar la recomendación. Ahora de acuerdo con la Constitución, es el Presidente quien es la Autoridad de Designación de Jueces. Si la Constitución se modifica de acuerdo con lo que el Poder Judicial ha interpretado, ¿alteraría la estructura básica?
Sí, la Constitución debe enmendarse cuando sea necesario.