Esto es similar a Kejriwal alegando corrupción contra NaMo en la Asamblea del Estado de Delhi. Hay un conjunto de privilegios para todos los miembros de las Asambleas y Parlamentos estatales. Y Rahul está tomando disparos bajo este escudo como un cobarde.
Si Rahul Gandhi tiene alguna prueba real sobre la participación personal de NaMo en la corrupción, entonces debería publicarlos públicamente. ¡Eso seguramente será un terremoto! De lo contrario, significará que Rahul es un niño débil que desafía a los ruidosos a venir a su calle, donde su privilegio seguramente lo ayudará a defenderse.
Sin embargo, si Rahul viene con evidencia fuera del parlamento y es evidencia incontrovertible, la democracia india estará completamente complacida por prevalecer la verdad.
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¿Por qué Rahul SHY publicará la evidencia disponible?
CITAR
Artículo 105 Poderes, privilegios, etc. de las Cámaras del Parlamento y de los miembros y comités de las mismas.
(1) Sujeto a las disposiciones de esta constitución y las reglas y órdenes permanentes que regulan el procedimiento del Parlamento, habrá libertad de expresión en el Parlamento.
(2) Ningún miembro del Parlamento será responsable de ningún procedimiento en ningún tribunal con respecto a nada de lo dicho o cualquier voto emitido por él en el Parlamento o en cualquier comité del mismo, y ninguna persona será tan responsable con respecto a la publicación por o bajo el autoridad de cualquiera de las cámaras del Parlamento de cualquier informe, documento, voto o procedimiento.
(3) En otros aspectos, los poderes, privilegios e inmunidades de cada Cámara del Parlamento, y de los miembros y los comités de cada Cámara, serán los que el Parlamento pueda definir de vez en cuando por ley y, hasta entonces definidos serán los de esa Cámara y de sus miembros y comités inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Sección 15 de la Constitución (Cuarenta y cuatro enmiendas) de 1978.
(4) Las disposiciones de las cláusulas (1), (2) y (3) se aplicarán en relación con las personas que, en virtud de esta constitución, tienen derecho a hablar y participar en los procedimientos de una Cámara de Representantes. Parlamento o cualquier comisión del mismo, según se apliquen en relación con los miembros del Parlamento.
Artículo 194 Poderes, privilegios, etc., de la Cámara de Legislaturas y de sus miembros y comités.
(1) Sujeto a las disposiciones de esta Constitución y a las reglas y órdenes permanentes que regulan el procedimiento de la Legislatura, habrá libertad de expresión en la Legislatura de cada Estado.
(2) Ningún miembro de la Legislatura de un Estado será responsable de ningún procedimiento en ningún tribunal con respecto a nada de lo dicho o cualquier voto emitido por él en la Legislatura o en cualquier comité de la misma, y ninguna persona será tan responsable con respecto a la publicación por o bajo la autoridad de una Cámara de tal Legislatura de cualquier informe, documento, voto o procedimiento.
(3) En otros aspectos, los poderes, privilegios e inmunidades de una Cámara de la Legislatura de un Estado, y de los miembros y los comités de una Cámara de dicha Legislatura, serán los que de vez en cuando sean definidos por el La legislación por ley y, hasta que así se defina, serán las de esa Cámara y de sus miembros y comités inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Sección 26 de la Ley de la Constitución (cuadragésima cuarta enmienda), 1978.
(4) Las disposiciones de las cláusulas (1), (2) y (3) se aplicarán en relación con las personas que, en virtud de esta Constitución, tienen derecho a hablar y participar en los procedimientos de una Cámara del Legislatura de un Estado o cualquier comité del mismo, según se apliquen en relación con los miembros de esa Legislatura.
Por lo tanto, de los 2 artículos anteriores de la constitución india se puede inferir que la posición de la legislatura estatal es la misma que la de la cámara del parlamento. Por lo tanto, el Artículo 105 se aplica Mutatis Mutandis a la legislatura estatal también. Ambos artículos mencionaron expresamente dos privilegios, a saber, la libertad de expresión y la libertad de publicación de los procedimientos.
Libertad de expresión – Artículos 105 (1) y 194 (1)
La esencia de la democracia parlamentaria es una discusión libre, franca y sin miedo en el parlamento. Para un órgano como el parlamento, la libertad de expresión desempeña un papel muy importante que permite a los miembros expresar sus sentimientos sin ningún tipo de temor a ser penalizados por delitos como la difamación o las insinuaciones. La regla de la libertad de expresión en el parlamento se estableció en el siglo XVII en el caso de Sir John Elito [iii].
Rajya Sabha sostuvo en su XII informe que un miembro del parlamento no puede ser interrogado en ningún tribunal ni en ningún lugar fuera del parlamento por cualquier divulgación que haya hecho, ya que constituirá una interferencia con la libertad de expresión. Posteriormente, Lok Sabha también sostuvo que equivaldrá a desacato a la corte o violación de privilegios si se presenta una demanda en la corte por lo que se dice en el piso de la casa.
El Tribunal Supremo en el caso de Tej Kiran Jain v Sanjeeva Reddy [iv] sostuvo que “una vez que se demuestre que el parlamento estaba en sesión y que sus negocios estaban siendo tramitados, cualquier cosa que se dijera durante el curso de ese negocio fue inmune a proceder en cualquier tribunal” .
El artículo 105, inciso (1), salvaguarda expresamente la libertad de expresión en el parlamento. Dice: habrá libertad de expresión en el parlamento. La cláusula (2) establece además que ningún miembro del Parlamento será responsable de los procedimientos en cualquier tribunal con respecto a cualquier cosa que se diga o cualquier voto emitido por él en el parlamento o en cualquier comité del mismo. Por lo tanto, ninguna acción, civil o penal, mentirá contra un miembro por difamación o similar con respecto a las cosas que se dicen en el parlamento o sus comités. La inmunidad no se limita a meras palabras habladas; se extiende a los votos, como la cláusula (2) declara específicamente, a saber. cualquier voto dado por él en el parlamento o en cualquier comité del mismo. Aunque no se declara expresamente, la libertad de expresión se extendería a otros actos también realizados en relación con los procedimientos de cada Cámara, como por ejemplo, notificaciones de mociones, preguntas, informes del comité o las resoluciones.
Cabe señalar que la cláusula (1) del Artículo 105 está sujeta a las disposiciones de esta constitución y a las reglas y órdenes permanentes que regulan los procedimientos del Parlamento. Las palabras que regulan los procedimientos del Parlamento que aparecen en la cláusula (1) deben leerse como que cubren tanto las disposiciones de la Constitución como las reglas y órdenes permanentes. Por lo tanto, lea, la libertad de expresión en el Parlamento queda sujeta a las disposiciones de la Constitución relativas a los procedimientos del Parlamento, es decir, a los artículos relacionados con los procedimientos de la Parte V, incluidos los artículos 107 y 121. Así, por ejemplo, la libertad de expresión en el Parlamento no permitir que un miembro discuta la conducta de ningún juez de la Corte Suprema o de un Tribunal Superior. Del mismo modo, la libertad de expresión está sujeta a las reglas de procedimiento de una Cámara, como el uso de lenguaje no parlamentario o conducta no parlamentaria.
La libertad de expresión garantizada en virtud de la cláusula (1) es diferente de la que disfruta un ciudadano como un derecho fundamental en virtud del artículo 19 (1) (a). La libertad de expresión como un derecho fundamental no protege a un individuo absolutamente por lo que dice. El derecho está sujeto a restricciones razonables en virtud de la cláusula (2) del artículo 19. El término libertad de expresión tal como se utiliza en este artículo significa que ningún miembro del Parlamento será responsable de ningún procedimiento, civil o penal, en ningún tribunal por las declaraciones realizadas. en debates en el Parlamento o en cualquier comisión del mismo. Por lo tanto, la libertad de expresión conferida en virtud de este artículo no puede restringirse en virtud del artículo 19 (2). Las cláusulas (1) y (2) del Artículo 105 protegen lo que se dice dentro de la casa y no lo que un miembro del Parlamento puede decir afuera. En consecuencia, si un miembro publica su discurso fuera del Parlamento, será considerado responsable si el discurso es difamatorio. Además, la libertad de expresión a que se refieren el Artículo 105 (1) y (2), estaría disponible para un miembro del Parlamento cuando asista a la sesión del Parlamento. Por lo tanto, si una orden de detención impide válidamente que un miembro asista a una sesión del parlamento, no se presenta ninguna ocasión para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, y no se puede presentar ninguna queja de que dicho derecho ha sido invadido inválidamente.
El artículo 105 (2) confiere inmunidad, entre otras cosas, respecto de todo lo que se diga en el Parlamento, la palabra algo es de la mayor importancia y es equivalente a todo. La única limitación surge de las palabras en el Parlamento, lo que significa durante la sesión del Parlamento y en el curso de los asuntos del Parlamento. Una vez que se demostró que el Parlamento estaba en sesión y que se tramitaron sus asuntos, todo lo que se dijo durante el transcurso de esos asuntos fue inmune a los procedimientos en cualquier tribunal. Esta inmunidad no solo es completa sino que es como debería ser. Una de las esencias del sistema parlamentario de gobierno es que el representante de la gente debe ser libre de expresarse sin temor a gastos legales. Lo que dicen solo está sujeto a la disciplina de las reglas del Parlamento [v], el buen sentido de los miembros y el control de los procedimientos por parte del orador. Los tribunales no tienen voz en el asunto y realmente no deberían tener nada.
En un asunto muy publicitado que involucró al ex primer ministro, varios ministros, miembros del Parlamento y otros un tribunal dividido, en PV Narsimha Rao v. Estado (caso de soborno JMM [vi] ) sostuvo que el privilegio de inmunidad de los procedimientos judiciales en el artículo 105 (2) se extiende incluso a los sobornos recibidos por los miembros del Parlamento con el propósito de votar de una manera particular en el Parlamento. La mayoría (3 jueces) del Tribunal de Apex no estuvo de acuerdo con la minoría (2 jueces) y explicó que la expresión “respecto a” en el Artículo 105 (2) debe tener un significado amplio para comprender un acto que tiene un nexo o conexión con el discurso pronunciado o un voto dado por un miembro del parlamento o cualquier comité del mismo. Así interpretado, incluiría dentro de su ámbito, la aceptación del soborno por parte de un miembro para pronunciar un discurso o emitir su voto en el parlamento o en cualquier comité del mismo de una manera particular. Por lo tanto, los parlamentarios que aceptaron sobornos, que habían votado en el parlamento contra la moción de censura, tenían derecho a la protección del Artículo 105 (2) y no eran responsables ante un tribunal de justicia por presunta conspiración y acuerdo. El tribunal sostuvo además que el miembro del soborno MP, que no votó sobre la moción de no confianza, no tenía derecho a protección bajo el Artículo 105 (2). Para los parlamentarios que otorgaron el soborno, la protección bajo el Artículo 105 (2) no estaba disponible. El tribunal dictaminó además que el Lok Sabha podría tomar medidas por incumplimiento de privilegios o desprecio contra los presuntos sobornadores y contra los presuntos sobornos, fueran o no parlamentarios.
Sin embargo, el tribunal fue unánime en el sentido de que los miembros del Parlamento que dieron sobornos, o que aceptaron sobornos pero no participaron en la votación, no podían reclamar inmunidad de los procedimientos judiciales en virtud del Artículo 105 (2). La decisión ha invocado tanta controversia e insatisfacción que una petición de revisión está pendiente en la corte.