Si y cuando hay un tratado real, entonces sí, se requiere la ratificación del Senado, como otros han señalado.
Pero no hay ningún “tratado” negociado, ni siquiera contemplado, en la actualidad. Lo que se está negociando actualmente está bajo los auspicios del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, basado en las resoluciones y sanciones que el organismo ha impuesto a Irán. Los representantes de los 5 miembros permanentes de la UNSC y Alemania, también conocidos como P5 + 1, buscan llegar a un acuerdo que ponga a Irán en conformidad con esas medidas y sus obligaciones de acuerdo con el Tratado de No Proliferación. (ver: Lista de resoluciones de las Naciones Unidas sobre Irán) En la medida en que el Congreso no tuvo ningún papel en imponer esas sanciones a Irán, al menos no directamente, si la Administración de Obama decidiera permitir que se levantaran, no habría necesidad de un votar.
Vale la pena repetir que esta no es una negociación bilateral entre Irán y Estados Unidos, aunque ciertamente puede parecer así. Estados Unidos mantiene la línea más dura en las conversaciones, y dado que se requiere la unanimidad entre los miembros permanentes, los 5 deben acceder a cualquier acuerdo.
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En cuanto a las numerosas sanciones que Estados Unidos ha impuesto a Irán, algunas de ellas pueden levantarse con la autoridad ejecutiva del Presidente. Otros fueron colocados con autoridad legislativa, y se requeriría la aprobación del Congreso para levantarlos. Pero incluso en el caso de este último, la legislación prevé una “exención de seguridad nacional” que el Presidente puede usar para suavizar temporalmente o levantar las medidas por completo. Por ejemplo, los países europeos y los japoneses han estado protegidos de cualquier contramedida durante años.