Es posible que una elección sea declarada ilegítima. La Constitución incluso especifica cuándo ocurriría eso, en la Enmienda 12.
El Presidente del Senado, en presencia del Senado y la Cámara de Representantes, abrirá todos los certificados y los votos serán contados; la persona que tenga el mayor número de votos para Presidente, será el Presidente, si ese número ser mayoría del número total de electores nombrados; y si ninguna persona tiene esa mayoría, de las personas que tienen los números más altos que no excedan de tres en la lista de los votados como Presidente, la Cámara de Representantes elegirá inmediatamente, por votación, al Presidente.
El Congreso determina si un voto electoral es válido. Y podría, en teoría, invalidar uno o más votos electorales. Pero si el Congreso determina que no hay suficientes votos electorales válidos para que un candidato tenga una mayoría clara, no habría una nueva elección, en cambio, la Cámara seleccionaría al nuevo Presidente.
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Sin embargo, una vez que la elección ha sido certificada, no hay ningún mecanismo para declararla inválida más adelante. El Presidente es el Presidente hasta el final de su mandato, muere, renuncia, es destituido o es declarado incapaz de servir por el Vicepresidente y la mayoría del gabinete, y esa declaración es confirmada por dos tercios de ambas Cámaras.