Sí, debe haber un requisito de edad para el cargo de presidente y mire este milagro: los padres de la constitución implementaron tal medida; como se ve a continuación en el Artículo Dos, Sección 1:
Ninguna persona, excepto un ciudadano natural o un ciudadano de los Estados Unidos, en el momento de la adopción de esta Constitución, será elegible para el cargo de presidente; ninguna persona será elegible para esa Oficina que no haya cumplido los treinta y cinco años de edad y haya sido residente de catorce años dentro de los Estados Unidos.
Este bit de información fue descubierto con un nuevo invento llamado Google. Así es como funciona: en el cuadro de búsqueda, coloca la pregunta. Como por milagro, en menos de un segundo, sube la respuesta.
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Te sugiero que pruebes esta nueva novedad, así que la próxima vez no parecerás vago; que por supuesto que no eres Estoy seguro de que simplemente nunca supiste sobre Google.