Hay dos enfoques para los derechos fundamentales: aplicación horizontal y aplicación vertical.
La aplicación ‘ horizontal’ de los derechos fundamentales se refiere a una situación en la que una persona puede tratar de hacer valer sus derechos fundamentales en caso de violación de los mismos por un organismo privado.
El enfoque ‘ vertical ‘ considera la aplicación de los derechos fundamentales en casos de violación por acción estatal .
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Cada estado es conocido por el derecho que mantiene. La Constitución de la India preserva los derechos naturales contra las invasiones estatales y ha ordenado a la Corte Suprema como el protector de estos derechos.
Principalmente, todos los derechos están disponibles exclusivamente contra el estado, salvo algunas excepciones, como el art. 15 (2), art.17, art.23, art.25 (2) (b), art.28 (3) y art.29 (2). En estos casos, los derechos también están disponibles contra personas privadas.
Por lo tanto, todos los derechos están disponibles contra el estado.
- Derecho a la igualdad (art. 14-18).
- Derecho a la libertad (Art. 19–22). El artículo 19 garantiza seis libertades: discurso, reunión, asociación, movimiento, residencia y comercio y comercio.
- Derecho contra la explotación (Art. 23-24).
- Derecho a la libertad de religión (art. 25-28).
- Derechos culturales y educativos (art. 29-30).
- Derecho a los recursos constitucionales (Art. 32).
Debe recordarse que estos no son los únicos derechos fundamentales. La Corte Suprema ha enunciado la doctrina de los derechos fundamentales implícitos. No es necesario que un derecho fundamental se establezca expresamente en la Constitución. La Corte Suprema ha empleado un proceso interpretativo para obtener una serie de derechos, como la libertad de prensa o, más recientemente, el derecho a la privacidad.
Entonces, todo derecho fundamental está básicamente disponible contra la acción arbitraria del estado. Esa es también la razón por la cual los derechos fundamentales se denominan derechos negativos.