Sí tu puedes. Los recursos constitucionales disponibles para usted de la corte suprema se enumeran en el artículo 32, que en sí mismo es un derecho fundamental. Son
- Cuerpo de habeous: suponga que ha sido detenido ilegalmente por el estado o cualquier parte privada, cualquiera de sus parientes podría buscar este remedio donde el tribunal puede ordenar al ejecutivo que traiga el cuerpo.
- Mandamus: si un ejecutivo o administración le ha negado la justicia, SC puede ordenar que se realice la acción.
- Prohibición: SC puede prohibir cualquier tribunal inferior (o una oficina de naturaleza judicial) si exceden su jurisdicción.
- Certiorari – Similar a Prohibición, aquí el SC podría transferir el caso a sí mismo y hacer el remedio necesario.
- Quo warranto: protege contra la usurpación de cualquier cargo público por un individuo.
Estos recursos están disponibles en un Tribunal Superior también en virtud del Artículo 226. Aquí, la jurisdicción de HC es más extensa aquí, ya que no se limita solo a los Derechos Fundamentales, sino a cualquier derecho derivado de la constitución y las leyes.
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