¿Los inmigrantes tienen derecho a la libertad de expresión en Estados Unidos?

La libertad de expresión es un derecho básico para todas las personas. La Declaración de Derechos de los Estados Unidos reconoce este derecho específicamente porque es uno de los derechos humanos básicos que los gobiernos de todo el mundo abusan con mayor frecuencia. El gobierno de los EE. UU. Está específicamente prohibido infringir o limitar la Libertad de expresión de cualquier persona y esto incluye a los inmigrantes, sean o no ciudadanos.

Tenga en cuenta, sin embargo, que nadie está libre de las consecuencias del habla. Las amenazas pueden tomarse literalmente y eso podría resultar en una acción preventiva para mitigar cualquier amenaza. Tenga en cuenta también que el discurso específicamente diseñado para causar daño no está cubierto en la Libertad de expresión según lo determinado por la mayoría de las culturas occidentales. Existen “palabras de pelea” que pueden golpear a una persona en la nariz o algo peor.

Y finalmente, y lo más importante, no hay ningún requisito para que nadie te escuche si estás ejerciendo tu libertad de expresión. La mayoría de las personas que dicen cosas que nadie quiere escuchar son ignoradas. No se sorprenda si es un inmigrante preocupado por algo en su país de origen y nadie en los Estados Unidos lo escuchará. Depende del orador involucrar a su audiencia y no puede usar la fuerza o la coerción para hacerlo.

Sí, pero está limitado por el hecho de que ciertas formas de discurso pueden descalificar al inmigrante de ser elegible para la ciudadanía estadounidense. Sección 313 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

(a) No obstante las disposiciones de la sección 405 (b), ninguna persona será naturalizada en adelante como ciudadano de los Estados Unidos.

(1) quién defiende o enseña, o quién es miembro o está afiliado a cualquier organización que defiende o enseña, oposición a todo gobierno organizado; o

(2) quién es miembro o está afiliado a (A) el Partido Comunista de los Estados Unidos; (B) cualquier otro partido totalitario de los Estados Unidos; (C) la Asociación Política Comunista; (D) el partido comunista u otro partido totalitario de cualquier Estado de los Estados Unidos, de cualquier estado extranjero, o de cualquier subdivisión política o geográfica de cualquier estado extranjero; (E) cualquier sección, subsidiaria, sucursal, afiliada o subdivisión de dicha asociación o parte; o (F) los predecesores o sucesores directos de una asociación o partido de esa índole, independientemente del nombre que dicho grupo u organización haya utilizado, pueda tener ahora o adoptar en adelante, a menos que dicho extranjero establezca que no tenía conocimiento o razón creer en el momento en que se convirtió en miembro o afiliado a dicha organización (y no lo hizo a partir de entonces y antes de la fecha en que dicha organización estaba tan registrada o se le exigió que se registrara tener tal conocimiento o razón para creer) que dicha organización era una organización de frente comunista; o

(3) quién, aunque no está dentro de ninguna de las otras disposiciones de esta sección, defiende las doctrinas económicas, internacionales y gubernamentales del comunismo mundial o el establecimiento en los Estados Unidos de una dictadura totalitaria, o quién es miembro o está afiliado a cualquier organización que defienda las doctrinas económicas, internacionales y gubernamentales del comunismo mundial o el establecimiento en los Estados Unidos de una dictadura totalitaria, ya sea a través de sus propias declaraciones o mediante publicaciones escritas o impresas emitidas o publicadas por o con el permiso o consentimiento de o bajo la autoridad de dichas organizaciones o pagado por los fondos de dicha organización; o

(4) quién defiende o enseña o quién es miembro o está afiliado a cualquier organización que defiende o enseña (A) el derrocamiento por la fuerza o la violencia u otros medios inconstitucionales del Gobierno de los Estados Unidos o de todas las formas de ley; o (B) el deber, la necesidad o la propiedad del asalto o asesinato ilegal de cualquier oficial u oficiales (ya sea de individuos específicos o de oficiales en general) del Gobierno de los Estados Unidos o de cualquier otro gobierno organizado debido a su personaje oficial; o (C) el daño ilegal, lesión o destrucción de propiedad; o (D) sabotaje; o

(5) quien escribe o publica o hace que se escriba o publique, o que circula, distribuye, imprime o exhibe a sabiendas o hace circular, distribuye, imprime, publica o exhibe a sabiendas o que tiene en su poder El propósito de la circulación, publicación, distribución o exhibición de cualquier material escrito o impreso, abogando o enseñando oposición a todo gobierno organizado, o abogando por (A) el derrocamiento por la fuerza, la violencia u otros medios inconstitucionales del Gobierno de los Estados Unidos. o de todas las formas de ley; o (B) el deber, la necesidad o la propiedad del asalto o asesinato ilegal de cualquier funcionario u oficiales (ya sea de individuos específicos o de oficiales en general) del Gobierno de los Estados Unidos o de cualquier otro gobierno organizado, debido a su su caracter oficial; o (C) el daño ilegal, lesión o destrucción de propiedad; o (D) sabotaje; o (E) las doctrinas económicas, internacionales y gubernamentales del comunismo mundial o el establecimiento en los Estados Unidos de una dictadura totalitaria; o

(6) quién es miembro o está afiliado a cualquier organización, que escribe, circula, distribuye, imprime, publica o muestra, o hace que se escriba, circule, distribuya, imprima, publique o muestre, o que tenga en su posesión con el propósito de circulación, distribución, publicación, emisión o exhibición, cualquier material escrito o impreso del carácter descrito en el subpárrafo (5).

Un ciudadano estadounidense no puede ser castigado por lo mismo.