¿Cuál fue el elemento inconstitucional en la ley NJAC aprobada por Lok Sabha?

El nombramiento de jueces en el Tribunal Supremo (SC) y el Tribunal Superior (HC) siempre ha sido un tema de debate en la democracia india. Han surgido varios problemas con respecto a la Independencia del Poder Judicial en la forma de los nombramientos, donde el Poder Judicial está trabajando para mantener su primacía en la selección de jueces, mientras que el ejecutivo también compite por el control. Para saber de qué se trata la inconstitucionalidad de NJAC , es necesario conocer el contexto detrás de ella.

Actual sistema de citas

Los jueces del SC son nombrados por el Presidente. El presidente del tribunal supremo es nombrado después de consultar a los jueces de SC y HC y el presidente lo considera necesario. Los otros jueces del SC son nombrados después de consultar con el presidente del tribunal y un colegiado de los cuatro jueces principales de la Corte Suprema.

Controversia

El SC ha dado diferentes interpretaciones de la palabra consulta en varios casos. El más reciente fue el caso de Nombramiento y traslado de jueces 3. En el que la Corte Suprema propuso la concepción de “consulta de la pluralidad de jueces”. La única opinión del presidente del Tribunal Supremo no incluye el proceso de consulta. Debería consultar a un colegiado de los cuatro jueces más importantes de la Corte Suprema e incluso si dos jueces emiten una opinión adversa, no debe enviar la recomendación.

La controversia detrás de esto fue que el proceso carecía de transparencia y solo condujo al crecimiento de unas pocas personas de los círculos internos.

Para superar este problema, se introdujo el NJAC.

¿Qué es el NJAC?

Esto se introdujo para aumentar la transparencia en el proceso de nombramiento y transferencia de jueces. La solución prevista por este NJAC era proporcionar una práctica en la que tanto el poder ejecutivo como el judicial tuvieran la misma voz. La enmienda preveía la comisión de un órgano constitucional para el proceso de nombramiento. La comisión estaría compuesta por los siguientes miembros:

  • El presidente de la justicia de la India como presidente
  • Otros dos jueces superiores del SC
  • El ministro sindical a cargo de la ley y la justicia.
  • Dos miembros eminentes nombrados por el primer ministro, el presidente de justicia de India y el líder de la oposición.

¿Por qué se hizo inconstitucional?

El SC, aunque admite que el proceso actual de nombramiento de jueces necesita un cambio, hace que el NJAC sea inconstitucional. El SC encontró que esta enmienda interfiere con la Independencia del Poder Judicial. Se consideró que la “independencia del poder judicial” era la estructura básica de la constitución (después del caso histórico de Keshvananda bharti v. Estado de kerala , se proporcionó la doctrina de la estructura básica que sostenía que el poder judicial podía hacer inconstitucional cualquier disposición que socavara la estructura básica de la constitución).

Situación presente –

Hay una gran necesidad de reformas en el proceso de nombramiento, ya que hay muchas vacantes en el puesto de los jueces en el SC y el HC. El poder judicial y el gobierno central están trabajando juntos para proporcionar cambios en el sistema de nombramientos.

La Ley NJAC ha sido revocada por la Corte Suprema ya que estaba interrumpiendo la Estructura Básica de la Constitución .

En el histórico caso Keshvanand Bharti Vs Estado de Kerala, 1973 , la Corte Suprema sostuvo que el Parlamento no puede alterar la Estructura Básica o el Marco de la Constitución incluso a través de las Enmiendas Constitucionales. Los tres órganos del Estado: el Ejecutivo, el La legislatura y el poder judicial y la separación del poder entre ellos es parte de la estructura básica de la Constitución.

Al implementar la Ley NJAC, el Gobierno estaba quitando la primacía del poder judicial en los nombramientos de jueces y estaba allanando el camino para un papel importante del Ejecutivo en el nombramiento de jueces en el poder judicial superior. La Corte Suprema también señaló en su veredicto que “la expectativa del poder judicial de salvaguardar los derechos de los ciudadanos de este país solo puede garantizarse, manteniéndolo absolutamente aislado e independiente de los otros órganos de gobierno”.