Eso depende de su comprensión de la palabra “aplicar”.
Desde un punto de vista estrictamente legal-positivista, los Derechos Humanos declarados por la ONU no se aplican a todos los países de la ONU. La Declaración Universal de Derechos Humanos es una declaración, no un tratado, por lo que no es legalmente vinculante por sí misma.
El derecho internacional de los derechos humanos se compone de una serie de tratados posteriores a la Declaración Universal de Derechos Humanos. Estos tratados internacionales están regulados por el derecho internacional consuetudinario y por la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados. Cuando un estado firma y ratifica un tratado internacional, se convierte en parte de su sistema legal.
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Existen numerosos tratados internacionales de derechos humanos. Por ejemplo:
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que no ha sido firmado por Arabia Saudita y no ha sido ratificado por los Estados Unidos.
- La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que no ha sido firmada por Irán y no ha sido ratificada por Estados Unidos.
- La Convención sobre los Derechos del Niño, que no ha sido ratificada por los Estados Unidos.
- La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, que no ha sido ratificada por la India.
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que no ha sido firmado por Arabia Saudita y no ha sido ratificado por China
En todos estos casos, los derechos humanos declarados por la ONU no se aplican a los países que no han firmado y ratificado estos tratados.
Sin embargo, desde una perspectiva abstracta, la Declaración Universal de Derechos Humanos concierne a todos los miembros de la familia humana, que incluye a todos los países de las Naciones Unidas.
Los derechos humanos emanan del concepto de ley natural, una filosofía de que ciertos derechos son inherentes en virtud de la naturaleza humana y pueden entenderse universalmente a través de la razón humana. Esta doctrina entiende la Declaración Universal de Derechos Humanos no como una regulación, sino como la mera compilación de una serie de derechos que existían antes de su promulgación oficial.
La Asamblea General proclamó la declaración como un estándar común de logro para todos los pueblos y todas las naciones. Pero no todos los países entienden los derechos humanos de esta manera. Arabia Saudita y la URSS, entre otros, se abstuvieron en la sesión plenaria que aprobó la declaración.
Ha habido muchas críticas sobre la universalidad de los derechos humanos. Un representante iraní describió una vez los derechos humanos como “una comprensión secular de la tradición judeocristiana”, y varios países de la Organización de Cooperación Islámica han promulgado la Declaración de los Derechos Humanos en el Islam, un documento que concilia la declaración de 1948 con la ley islámica.
Incluso si los derechos humanos no son universalmente reconocidos, son una herramienta poderosa para la diplomacia. El estándar moral de la comunidad internacional es que los derechos humanos son universales y deben ser respetados; y los países que no respetan los derechos humanos son muy criticados.
Según esta doctrina, todas las personas tienen derechos humanos, independientemente de si son respetados o no.