Una distinción importante: democracia versus república
Es importante tener en cuenta la diferencia entre una Democracia y una República, como formas diferentes de gobierno. Comprender la diferencia es esencial para comprender los fundamentos involucrados. Cabe señalar, de paso, que el uso de la palabra Democracia como meramente el tipo popular de gobierno, es decir, que presenta elecciones genuinamente libres por parte del pueblo periódicamente, no es útil para discutir, como aquí, la diferencia entre alternativa y disimilar. formas de un gobierno popular: una democracia versus una república. Este doble significado de Democracia, un gobierno de tipo popular en general, así como una forma específica de gobierno popular, debe quedar claro en cualquier discusión o escrito sobre este tema, en aras de una buena comprensión.
Estas dos formas de gobierno: Democracia y República, no solo son diferentes sino antitéticas, lo que refleja el fuerte contraste entre (a) The Majority Unlimited, en una Democracia, que carece de cualquier salvaguarda legal de los derechos de The Individual y The Minority, y (b ) The Majority Limited, en una República bajo una Constitución escrita que salvaguarda los derechos de The Individual and The Minority; como veremos ahora.
Una democracia
La característica principal y característica distintiva de una Democracia es: Gobierno por mayoría omnipotente. En una Democracia, The Individual y cualquier grupo de Individuos que componen una Minoría, no tienen protección contra el poder ilimitado de The Majority. Es un caso de mayoría sobre el hombre.
Esto es cierto ya sea una democracia directa o una democracia representativa. En el tipo directo, aplicable solo a un pequeño número de personas como en las pequeñas ciudades-estado de la antigua Grecia, o en una reunión de la ciudad de Nueva Inglaterra, todos los electores se reúnen para debatir y decidir todas las preguntas del gobierno, y todas las decisiones son alcanzado por un voto mayoritario (de al menos medio más uno). Las decisiones de la mayoría en una reunión de la ciudad de Nueva Inglaterra están, por supuesto, sujetas a las Constituciones del Estado y de los Estados Unidos que protegen los derechos del individuo; entonces, en este caso, The Majority no es omnipotente y tal reunión de la ciudad no es, por lo tanto, un ejemplo de una verdadera Democracia Directa. Bajo una Democracia Representativa como la forma de gobierno parlamentaria de Gran Bretaña, el pueblo elige representantes para la legislatura nacional, el cuerpo electivo que es la Cámara de los Comunes, y funciona por un voto similar de al menos medio más uno para tomar todas las decisiones legislativas. .
Tanto en el tipo directo como en el tipo representativo de democracia, el poder de la mayoría es absoluto e ilimitado; sus decisiones son inapelables bajo el sistema legal establecido para dar efecto a esta forma de gobierno. Esto abre la puerta a la tiranía ilimitada por mayoría. Esto fue lo que The Framers de la Constitución de los Estados Unidos quiso decir en 1787, en debates en la Convención Federal (enmarcada), cuando condenaron los “excesos de la democracia” y los abusos bajo cualquier Democracia de los derechos inalienables de The Individual por The Majority. Los ejemplos fueron proporcionados en los años inmediatos posteriores a 1776 por las legislaturas de algunos de los Estados. En reacción contra la tiranía real anterior, que había sido ejercida a través de opresiones por los gobernadores reales y los jueces de los nuevos gobiernos estatales, mientras que las legislaturas actuaban como si fueran virtualmente omnipotentes. No había Constituciones estatales efectivas para limitar las legislaturas porque la mayoría de los gobiernos estatales operaban bajo meras leyes de sus respectivas legislaturas que estaban mal etiquetadas como “Constituciones”. Ni los gobernadores ni los tribunales de los Estados infractores pudieron ejercer una influencia restrictiva sustancial y efectiva sobre las legislaturas en defensa de los derechos inalienables de The Individual, cuando fueron violados por infracciones legislativas. (Connecticut y Rhode Island continuaron bajo sus antiguas Charters durante muchos años.) No fue sino hasta 1780 que la primera República genuina a través del gobierno constitucionalmente limitado, fue adoptada por Massachusetts, el próximo New Hampshire en 1784, otros Estados más tarde.
Fue en este sentido que Jefferson, en sus “Notas sobre el estado de Virginia” escritas en 1781-1782, protegió contra tales excesos por la Legislatura de Virginia en los años posteriores a la Declaración de Independencia, diciendo: “Un despotismo electivo no fue el gobierno por el que luchamos … ” (Énfasis en Jefferson.) También denunció la concentración despótica del poder en la Legislatura de Virginia, bajo la llamada “Constitución”, en realidad un mero acto de ese cuerpo:
“Todos los poderes del gobierno, legislativos, ejecutivos, judiciales, resultan en el cuerpo legislativo. Concentrarlos en las mismas manos es precisamente la definición de gobierno despótico. No habrá alivio de que estos poderes serán ejercidos por una pluralidad de manos , y no por uno solo. 173 déspotas seguramente serían tan opresivos como uno. Dejen que los que dudan dirijan sus ojos a la República de Venecia “.
Este tema, el peligro para las libertades del pueblo debido a la turbulencia de las democracias y la mayoría legislativa omnipotente, se discute en The Federalist , por ejemplo, en los números 10 y 48 de Madison (en este último destacando los comentarios citados anteriormente de Jefferson).
Los registros de la Convención Framing demuestran que al denunciar los “excesos de la democracia”, los Framers, por supuesto, no se oponían a un tipo popular de gobierno para los Estados Unidos; todo su objetivo y esfuerzo era crear un sistema de sonido de este tipo. Afirmar lo contrario es falsificar la historia. Tal falsificación no solo malinterpreta el alto propósito y el buen carácter de The Framers, sino que menosprecia el espíritu del Hombre verdaderamente libre en Estados Unidos, la gente en general de ese período, que felizmente aceptó y vivió con satisfacción bajo la Constitución como su propia ley fundamental. y bajo la República que creó, especialmente porque se sintieron seguros por primera vez de la seguridad de sus libertades, por lo tanto, protegidos contra el abuso por parte de todos los posibles infractores, incluida La Mayoría momentáneamente en el control del gobierno. La verdad es que The Framers, por sus protestas contra los “excesos de la democracia”, simplemente dejaban en claro sus razones sólidas para preferir una República como la forma adecuada de gobierno. Sabían bien, a la luz de la historia, que nada más que una República puede proporcionar las mejores salvaguardas, en verdad a la larga, las únicas salvaguardas efectivas (si se aplican en la práctica) para las libertades de las personas que son inevitablemente victimizadas por la forma y el sistema de la Democracia. de Gobierno sobre hombre ilimitado con The Majority Omnipotent. También sabían que el pueblo estadounidense no consentiría ninguna forma de gobierno sino la de una República. Es de especial interés notar que Jefferson, quien había estado en París como Ministro estadounidense durante varios años, le escribió a Madison desde allí en marzo de 1789 que:
“La tiranía de las legislaturas es el temor más formidable en la actualidad, y lo será durante largos años. La del ejecutivo llegará a su turno, pero será en un período remoto”. (Texto por original).
Un poco antes, Madison había escrito a Jefferson sobre la violación de la Declaración de Derechos por parte de las legislaturas estatales, declarando:
“Las violaciones reiteradas de esas barreras de pergamino han sido cometidas por mayorías dominantes en todos los estados. En Virginia, he visto violar la declaración de derechos en todos los casos en que se ha opuesto a una corriente popular”.
Es correcto decir que en cualquier democracia, ya sea directa o representativa, como una forma de gobierno, no puede haber un sistema legal que proteja a The Individual o The Minority (cualquiera o todas las minorías) contra la tiranía ilimitada de The Majority. El sentido poco confiable de autocontrol de las personas que componen The Majority en cualquier momento en particular no ofrece, por supuesto, ninguna protección. Tal forma de gobierno se caracteriza por la mayoría omnipotente e ilimitada. Esto es cierto, por ejemplo, de la Democracia Representativa de Gran Bretaña; porque la Cámara de los Lores posee un poder gubernamental ilimitado, de conformidad con una Ley del Parlamento de 1949; de hecho, tiene el poder de abolir todo lo que sea gubernamental en Gran Bretaña.
Durante un período de algunos siglos atrás, algunos jueces ingleses argumentaron que sus decisiones podrían restringir el Parlamento; pero esta teoría tuvo que ser abandonada porque se descubrió que era insostenible a la luz de una sólida teoría política y realidades gubernamentales en una democracia representativa. Bajo esta forma de gobierno, ni los tribunales ni ninguna otra parte del gobierno pueden desafiar efectivamente, y mucho menos bloquear, cualquier acción de la mayoría en el cuerpo legislativo, sin importar cuán arbitrarios, tiránicos o totalitarios puedan llegar a ser en la práctica. El sistema parlamentario de Gran Bretaña es un ejemplo perfecto de democracia representativa y de la tiranía potencial inherente a su sistema de gobierno ilimitado por mayoría omnipotente. Esto se refiere solo al potencial, a la teoría involucrada; Las prácticas gubernamentales son irrelevantes para esta discusión.
Las observaciones de Madison en The Federalist número 10 son notables en este punto porque destacan un grave error cometido a través de los siglos con respecto a la democracia como una forma de gobierno. Comentó lo siguiente:
“Los políticos teóricos, que han patrocinado a esta especie de gobierno, han supuesto erróneamente que al reducir a la humanidad a una igualdad perfecta en sus derechos políticos, al mismo tiempo, serían perfectamente igualados y asimilados en sus posesiones, sus opiniones y sus pasiones “.
La democracia, como forma de gobierno, es totalmente repugnante para, es la antítesis misma del sistema estadounidense tradicional: el de una República, y su filosofía subyacente, como se expresa en esencia en la Declaración de Independencia, con énfasis primario en la formación del pueblo. su gobierno para permitirles poseer solo “poderes justos” (poderes limitados) para hacer y mantener seguros los derechos inalienables dados por Dios de cada individuo y, por lo tanto, de todos los grupos de individuos.
Una república
Una República, por otro lado, tiene un propósito muy diferente y una forma o sistema de gobierno completamente diferente. Su propósito es controlar estrictamente a La Mayoría, así como a todos los demás entre las personas, principalmente para proteger los derechos inalienables otorgados por Dios del Individuo y, por lo tanto, para la protección de los derechos de La Minoría, de todas las minorías y las libertades de las personas. en general. La definición de una República es: un gobierno constitucionalmente limitado del tipo representativo, creado por una Constitución escrita, adoptada por el pueblo y modificable (desde su significado original) por ellos solo por su enmienda, con sus poderes divididos en tres ramas separadas: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Aquí el término “el pueblo” significa, por supuesto, el electorado.
Las personas adoptan la Constitución como su ley fundamental mediante la utilización de una Convención Constitucional, especialmente elegida por ellos para este propósito expreso y único, para enmarcarla para su consideración y aprobación, ya sea directamente o por sus representantes en una Convención Ratificadora, elegida de manera similar. Dicha Convención Constitucional, ya sea para enmarcar o ratificar, es una de las mayores contribuciones de Estados Unidos, si no su mayor contribución, a la mecánica del gobierno, del autogobierno a través del gobierno constitucionalmente limitado, comparable en importancia a la mayor contribución de Estados Unidos a la ciencia de la ciencia. gobierno: la formación y adopción por parte del pueblo soberano de una Constitución escrita como base para el autogobierno. Una de las primeras discusiones específicas, si no la primera, de este nuevo desarrollo estadounidense (una Convención Constitucional) en los registros históricos es una entrada en junio de 1775 en la “Autobiografía” de John Adams que comenta sobre el encuadre de una convención y la ratificación por el personas de la siguiente manera:
“Por convenciones de representantes, elegidos libre, justa y proporcionalmente … la convención puede enviar su proyecto de constitución a las personas en sus varias ciudades, condados o distritos, y la gente puede hacer que la aceptación de la misma sea suya. propio acto “.
Sin embargo, la primera propuesta en 1778 de una Constitución para Massachusetts fue rechazada por la razón, en parte, como se indica en el “Resultado de Essex” (el resultado, o informe, de la Convención de las ciudades del condado de Essex), que había sido enmarcado y propuesto no por una convención especialmente elegida sino por miembros de la legislatura que estaban involucrados en deberes legislativos generales, incluidos aquellos relacionados con la conducción de la guerra.
La primera República genuina y fundada en toda la historia fue la creada por la primera Constitución genuina, que fue adoptada por el pueblo de Massachusetts en 1780 después de ser enmarcada para su consideración por una Convención Constitucional especialmente elegida. (Como se señaló anteriormente, las llamadas “Constituciones” adoptadas por algunos Estados en 1776 fueron meras Actas de Legislaturas, no Constituciones genuinas). Esa Convención Constitucional de Massachusetts fue la primera que se celebró en el mundo; aunque New Hampshire había celebrado una sin éxito anteriormente, tomó varios años y varias convenciones sucesivas para producir la Constitución de New Hampshire de 1784. Luego, en 1787-1788, la Constitución de los Estados Unidos fue enmarcada por la Convención Federal para la consideración del pueblo y luego ratificada por los pueblos de varios Estados a través de una Convención de Ratificación en cada Estado especialmente elegida por ellos para este único propósito. Posteriormente, los otros Estados siguieron gradualmente en general el patrón de elaboración de la Constitución de Massachusetts en la adopción de Constituciones genuinas; pero hubo un retraso de varios años a este respecto en algunos de ellos, varias décadas en algunos.
Este sistema de elaboración de la Constitución, con el propósito de establecer un gobierno constitucionalmente limitado, está diseñado para poner en práctica el principio de la Declaración de Independencia: que la gente forme sus gobiernos y les otorgue solo “poderes justos”, poderes limitados, en ordene principalmente para asegurar (hacer y mantener seguro) sus derechos inalienables dados por Dios. La filosofía y el sistema de gobierno de los Estados Unidos prohíben igualmente la “regla de snob” de una élite gobernante y la “regla de la mafia” de una mayoría omnipotente. Esto está diseñado, por encima de todo, para evitar la existencia en Estados Unidos de cualquier poder gubernamental capaz de ser mal utilizado para violar los derechos del individuo, poner en peligro las libertades del pueblo.
Con respecto a la forma republicana de gobierno (la de una república), Madison hizo una observación en The Federalist (no. 55) que merece ser citada aquí, como sigue:
“Como hay un grado de depravación en la humanidad que requiere un cierto grado de circunspección y desconfianza: existen otras cualidades en la naturaleza humana que justifican una cierta porción de estima y confianza. El gobierno republicano (el de una República) presupone la existencia de estas cualidades en un grado más alto que cualquier otra forma. Si las imágenes fueron dibujadas por los celos políticos de algunos de nosotros, semejanzas fieles del carácter humano, la inferencia sería que no hay suficiente virtud entre los hombres para el autogobierno “y que nada menos que las cadenas del despotismo pueden evitar que se destruyan y se devoren unos a otros”. (Énfasis añadido.)
Es digno de mención aquí que la discusión anterior, aunque breve, es suficiente para indicar las razones por las cuales la etiqueta “República” se ha aplicado incorrectamente en otros países a otras y diferentes formas de gobierno a lo largo de la historia. Ha sido muy mal entendido y ampliamente mal utilizado, por ejemplo, ya en la época de Platón, cuando escribió su famoso volumen, La República ; en el que no discutió nada gubernamental, ni remotamente, que se asemeje, que tenga características esenciales, a una República genuina. Se encuentra una referencia frecuente, por ejemplo, en los escritos del período de elaboración de la Constitución, a “las repúblicas antiguas”, pero en cualquier relación de este tipo el término se usaba libremente, en contraste con una monarquía o una Democracia directa: a menudo utiliza el término en el sentido meramente de un sistema de Estado de derecho con gobierno representativo; como se indica, por ejemplo, por John Adams en sus “Pensamientos sobre el gobierno” y por Madison en The Federalist números 10 y 39. Pero esta es una definición incompleta porque puede incluir una democracia representativa, que carece de una Constitución escrita que limite a la mayoría.
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India es una república democrática porque India es república primero y luego democracia, la democracia es un adjetivo de república … es así por las siguientes razones:
1) Es la Constitución la que es suprema, no las personas ni los representantes elegidos … Aunque la Constitución puede modificarse, la estructura básica y los derechos fundamentales nunca pueden cambiarse.
2. Head on state es ciudadano común, no monarca.