Gracias por el A2A David,
Admito que no estaba familiarizado con la declaración de la ONU, que es de lo que estoy asumiendo que estaba hablando el OP hasta que lo busqué. Es una pena que pontifique la promoción de los derechos humanos y no conozca su importancia.
Después de una rápida mirada que no hace justicia a ese documento, en realidad estoy bastante sorprendido de lo poco que estoy en desacuerdo con la organización de la que proviene, pero dado que este documento literalmente define mis derechos y los derechos de todos de lo contrario, el diablo está en los detalles.
- ¿Cuáles son algunos ejemplos de derechos constitucionales del acusado?
- ¿Qué opinas de los derechos de las mujeres?
- ¿Qué derechos humanos viola el trabajo infantil?
- ¿Es el matrimonio un derecho humano básico?
- ¿Cuál es la efectividad del ACNUR en la supervisión del régimen internacional de derechos humanos?
Artículo 3.
Toda persona tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona.
¿Alguien nota que no tienen derecho a la propiedad mencionada aquí?
Artículo 7.
Todos son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra cualquier discriminación en violación de esta Declaración y contra cualquier incitación a dicha discriminación.
Sin una definición de discriminación, ¿esto obliga al panadero judío a hornear el pastel nazi?
Artículo 16.
(1) Los hombres y mujeres de edad plena, sin ninguna limitación por raza, nacionalidad o religión, tienen derecho a casarse y fundar una familia. Tienen derecho a la igualdad de derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en su disolución.
(2) El matrimonio se celebrará solo con el consentimiento libre y pleno de los futuros cónyuges.
(3) La familia es la unidad grupal natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y el Estado.
¿Notan que no se menciona una ausencia de limitación a la sexualidad?
Artículo 17.
(1) Toda persona tiene derecho a la propiedad solo, así como en asociación con otros.
(2) Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Esto crea un montón de lagunas en las que alguien puede verse privado de su propiedad. Solo di que el acto no fue arbitrario.
Artículo 20.
(1) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas.
(2) Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.
Me encanta esa segunda parte, pero me pregunto cómo funcionan los sindicatos en los países de la ONU en este momento. Tengo la sensación de que esto realmente se está ignorando.
En general, parece tener mérito, pero dado que esto se creó en 1948 y se ignora tanto como ignoramos nuestra propia Declaración de Derechos en los EE. UU., Parece ser un secreto para pacificar a las masas.
Si bien admiro el intento de una declaración, es más importante ver la implementación real para que tenga alguna sustancia.