Aunque no está explícitamente incluido en el artículo 19 de la Constitución como un derecho fundamental, la Corte Suprema y varios tribunales superiores han dictaminado una y otra vez que está implícito en el “derecho a la libertad de expresión”.
El argumento dado es que “si uno no sabe, no puede hablar libremente”.
La primera de esas sentencias, que mencionaba directamente este derecho “implícito”, fue realizada por el Tribunal Superior de Allahabad en 1975, en el famoso caso Raj Narain.
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Este derecho, a la información, se consideró explícitamente como un derecho fundamental en virtud del Artículo 19 (1) (a) de la Constitución por primera vez por el juez KK Mathew en el estado de UP v. Raj Narain, (1975) 4 SCC 428 Esta opinión fue seguida por la Corte Suprema sobre una serie de decisiones y después de la demanda pública, se promulgó y entró en vigencia la Ley de Derecho a la Información de 2005.
(De: WP (C) No. 3114/2007, Decidido: 03.12.2007, Demandantes: Bhagat Singh Vs. Demandado: Comisionado de Información en Jefe y Ors.)