¿Qué derechos fundamentales se les niegan a las personas sin hogar en su vida cotidiana?

Poner fin a la criminalización de las personas sin hogar

¿Cuál es un acto de “mantenimiento de la vida” que hacemos todos los días, pero rara vez pensamos, y mucho menos discutimos en público?
Yendo al baño. Sin embargo, cuando no tiene hogar o es pobre, un acto que la mayoría de las personas da por sentado, como ir al baño, puede ser un gran desafío o incluso una decisión que altera la vida. Fuerzas más allá del control de las personas sin hogar, como la falta de viviendas asequibles y refugios de emergencia, los obligan a vivir y atender sus necesidades humanas básicas en público. Cuando se realizan en el interior, estos actos son indiscutiblemente legales. Sin embargo, las políticas de criminalización en muchas ciudades castigan a las personas sin hogar que se ven obligadas a realizar acciones para mantener la vida en los espacios públicos.

Nuestra investigación ha demostrado que, de 234 ciudades estadounidenses, el 40 por ciento hace que sea un delito dormir en espacios públicos, mientras que el 56 por ciento prohíbe merodear en lugares públicos y el 53 por ciento prohíbe la mendicidad y la mendicidad en lugares públicos. Cuando las ciudades usan leyes o políticas como estas que apuntan a las personas sin hogar para tomar las acciones necesarias para su supervivencia, el impacto se siente en todas partes. Si bien las personas sin hogar se ven afectadas de manera más profunda, estas medidas también gravan el sistema de justicia penal ya sobrecargado e impactan la capacidad de los proveedores de servicios para hacer su trabajo. Los estudios demuestran que cuestan más que proporcionar viviendas de apoyo permanentes. Las políticas que penalizan la falta de vivienda afectan a comunidades enteras.

Las leyes de criminalización violan los derechos constitucionales de las personas sin hogar, y el Law Center es un líder nacional en este tema, asumiendo litigios de alto impacto para establecer precedentes legales positivos que se pueden usar en los tribunales de todo el país. Después de una batalla de seis años con la Ciudad de Dallas, el Centro de Derecho recientemente se aseguró el derecho de los grupos religiosos a proporcionar alimentos a las personas sin hogar que viven al aire libre. El Centro de Derecho también impugnó la aplicación discriminatoria de San Petersburgo, Florida, de una ordenanza de “traspaso”, que condujo al arresto inconstitucional de muchas personas sin hogar por sentarse en las aceras públicas. En respuesta, la Ciudad de San Petersburgo modificó la ordenanza para incluir un proceso mínimo de apelaciones, y el Centro de Leyes continúa monitoreando la aplicación de la ordenanza.

También trabajamos con defensores en el terreno y funcionarios gubernamentales para promover medidas que protejan los derechos civiles de las personas sin hogar. Desde que Rhode Island se convirtió en el primer estado de la nación en aprobar una Declaración de Derechos de las Personas sin Hogar en 2012, la legislación se ha extendido por todo el país, con una reciente aprobación en Connecticut e Illinois, votación programada en California y consideración en Oregon, Vermont y Missouri .

El Centro de Derecho también ha sido instrumental en la promoción de un enfoque de derechos humanos para la criminalización. Como resultado de nuestra defensa, el Departamento de Justicia y el Consejo Interagencial sobre personas sin hogar emitieron un informe en 2012 reconociendo que la criminalización puede violar no solo nuestra Constitución, sino también nuestras obligaciones de tratados de derechos humanos, la primera vez que una agencia nacional reconoce una política nacional. como una violación de los derechos humanos. El Centro de Leyes también ha trabajado con numerosos expertos internacionales para construir un conjunto creciente de leyes de derechos humanos sobre la criminalización de las personas sin hogar, y ayudó a numerosos grupos locales a utilizar estos expertos y estas normas en la lucha contra las prácticas locales de criminalización.

No hay mucho enunciado en los derechos fundamentales, excepto las interpretaciones amplias del Art. 14, Art. 17, Art. 21 – Derecho a la vida y la libertad y Art. 19 en su conjunto en caso de comportamiento opresivo en contra de la Libertad expresamente garantizada.

Me gustaría ubicar los principios directivos de la política estatal debido a sus opiniones liberales, obedientes y orientadas a la sociedad. Da una garantía irónica a todos los ciudadanos de este país, que su estado actuará para asegurarse de que tengan estos.

Y cuando una persona está sin hogar, el estado no puede alcanzar sus manos hacia esa persona, por lo tanto, se puede tomar un llamado a la acción para recordarle al estado sus principios directivos de política estatal mencionados en la Parte 4. Art. 36-51.

Algunos de ellos son –

a) asegurar el bienestar de las personas (Art. 38)

(b) asegurar la distribución adecuada de los recursos materiales de la comunidad para el mejor sustento del bien común, igual salario por igual trabajo, protección de la infancia y la juventud contra la explotación. etc. (Art. 39),

(c) curar el derecho al trabajo, la educación, etc. Art. (41)

(d) asegurar condiciones justas y humanas de trabajo y ayuda de maternidad (Art. 42) etc.

(b) asegurar un salario digno, un nivel de vida digno y promover las industrias artesanales (Art. 43),

(c) proporcionar educación gratuita y obligatoria a todos los niños de hasta 14 años (Art. 45),

(d) para promover los intereses económicos y educativos de los sectores más débiles de la gente, en particular, las castas y tribus programadas Art. 46)

Se niegan los derechos humanos básicos a las personas sin hogar. Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

En un intento de “administrar” (es decir, limitar) a las personas sin hogar, Santa Bárbara está a la vanguardia de la violación de sus derechos humanos básicos a la vida. Han legislado leyes dirigidas a las personas sin hogar que se utilizarán para la “aplicación selectiva”. Tienen tres ordenanzas que son evocadas por el acto de una persona que se queda dormida. Es ilegal quedarse dormido en un vehículo estacionado, un parque o la playa.

El derecho humano básico debe ser permitir que alguien viva una vida inofensiva. ¿Qué acto más inofensivo puede realizar una persona que dormir? (Olvidándose de la operación de maquinaria pesada, por favor).

Los ingredientes esenciales para la vida deben incluir comer, dormir, defecar y moverse. Llevé este tema al consejo de la ciudad, desafiando la legitimidad y la humanidad de estas ordenanzas (mi agenda para desafiar al consejo no fue la primera ni la última). Había una cámara de televisión y docenas de personas sin hogar presentes para hablar y apoyar. El desafío, pero al final, la decisión del consejo: “Estas leyes están funcionando para nosotros”.